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Carnés náuticos para navegar en España

Para navegar en aguas de España es necesario estar en posesión de un carné náutico o un título náutico de recreo. Los carnés náuticos para navegar en España se actualizaron hace unos meses, cuando entró en vigor la nueva normativa sobre títulos náuticos de recreo. En la actualidad, no obstante, existe una excepción para navegar con barcos de recreo que no requiere de título. En el resto de casos es obligatorio haber obtenido un carné náutico o licencia náutica de las establecidas en el decreto de titulaciones náuticas:

  • Licencia de navegación
  • Patrón de navegación básica, PNB
  • Patrón de embarcaciones de recreo, PER
  • Patrón de yate
  • Capitán de yate

Adicionalmente, quien está en posesión del carné náutico de Capitán de yate puede incrementar sus atribuciones ejerciendo funciones profesionales con el Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo, cuyo otorgamiento corresponde a la Dirección General de la Marina Mercante.

Atardecer en velero - Marinos.es - Academia náutica Sevilla - Apetece navegar

Carnés náuticos de recreo en España

Alguien que no tenga un carné náutico previo y desee navegar tiene cuatro opciones: acogerse a la excepción o cursar los estudios y/o prácticas para obtener uno de los tres carnés náuticos básicos: Licencia de navegación, PNB o PER.

Excepción de carné de barco

No es necesario tener un carné náutico para navegar en aguas de España siempre que el barco cumpla una serie de requisitos técnicos y se respete una distancia máxima de navegación:

  • Barco de vela: eslora máxima de 6 metros
  • Barco a motor:
    • eslora máxima 5 metros
    • potencia máxima de 15 CV (11,26 kW)

También hay que cumplir una condición muy importante: el barco no se puede alejar más de dos millas de puerto o lugar de abrigo. Esto significa que no se puede costear frente a una playa, si no tan solo estar en las proximidades de un punto o una marina. Además de estar sujeto en exclusiva a navegación diurna. Y ser mayor de edad.

motos de agua MARINOS (1)

Licencia de navegación

Uno de los carnés náuticos que más éxito ha tenido en España entre las personas que deseaban iniciar la aventura náutica era la Autorización federativa, más conocida como “titulín“. Esta autorización desaparece con la entrada en vigor del Real Decreto 875/2014 de titulaciones náuticas de recreo. En su lugar, la Administración Marítima establece un carné básico llamado Licencia de navegación con interesantes atribuciones:

  • Autoriza a navegar con motos de agua de hasta 55 CV de potencia
  • Eslora máxima de 6 metros para barcos de vela y motor
  • Distancia máxima de 2 millas desde puerto o lugar de abrigo
  • Sin límite de potencia para barcos de motor y vela

Una de las características de la Licencia de navegación es que solo habilita a la navegación diurna. Además, para poder navegar con este carné náutico es necesario tener cumplidos los 18 años. Para los menores de edad se impone la edad mínima de 16 años, siempre y cuando se cuente con un permiso paterno.

Para obtener el carné náutico de la Licencia de navegación es preciso superar un pequeño curso de 6 horas, de las cuales 4 horas corresponden a realización de prácticas.

Puedes hacer el curso de Licencia de navegación con Academia Náutica Marinos en Huelva, Sevilla y Córdoba. Consulta en el siguiente enlace las próximas fechas de realización del curso de Licencia de navegación.

barco ruedas 2

Patrón de navegación básica

El primer carné náutico de barco que se puede considerar como título náutico según la escala de atribuciones es el Patrón de navegación básica. También llamado PNB. Este carné es uno de los más demandados por los menores de edad que desean navegar en un barco de motor o vela, gracias a que es el único título que se puede obtener siendo menor de edad. En concreto el requisito se establece en 16 años, con autorización paterna.

Las atribuciones del PNB son:

  • Eslora máxima de 8 metros en barcos de motor y vela
  • Distancia máxima de 5 millas desde puerto o lugar de abrigo
  • Navegación nocturna
  • Sin límite de potencia
  • Motos náuticas sin límite de potencia

Cabe destacar que con el carné del PNB no se puede costear con un barco. Su navegación está limitada a la cobertura de un equipo VHF portátil, es decir, 5 millas náuticas desde una estación costera de puerto o Salvamento Marítimo, que se encuentran en los puertos y marinas. Cuestión esta que se estudia en las prácticas de radio del PNB.

Obtener el carné de barco de Patrón de navegación básica está sujeto a cumplir tres requisitos relativos a la formación consistentes en realizar varias prácticas y pruebas:

  • Examen oficial del PNB
  • Prácticas de seguridad y navegación
  • Prácticas de radio

A fin conseguir el aprobado del examen oficial, en Academia Náutica Marinos ofrecemos cursos del PNB en Huelva, Sevilla y Córdoba. Contamos con un manual de elaboración propia siguiendo los criterios de la normativa en vigor, además de disponer una nutrida Aula Virtual del PNB con más de 5000 test de exámenes reales.

Curso de PER y PNB en Sevilla y Huelva Academia Marinos

Patrón de embarcaciones de recreo

El carné náutico más demandado en nuestros escuelas náuticas de Huelva, Sevilla y Córdoba es el Patrón de embarcaciones de recreo, el popular PER. El requisito para obtener este carné de barco es tener cumplidos los 18 años de edad. No existe la posibilidad de que los menores puedan tener este título náutico de recreo.

Con el PER se tienen unas interesantes atribuciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo:

  • Eslora máxima de 24 metros a motor o a vela
  • Distancia máxima de 12 millas náuticas desde costa
  • Sin límite de potencia
  • Navegación diurna y nocturna
  • Motos de agua sin límite de potencia

Cabe subrayar que el carné del PER en su versión básica limita la eslora a 15 metros. Para tener las atribuciones de 24 metros de eslora en motor y vela es preciso realizar unas prácticas de navegación en travesía, las llamadas prácticas de 24 horas. Realizando estas prácticas de 24 horas de navegación se consigue un atribución añadida, el permiso administrativo para navegar entre las Islas Baleares y la península, cuya distancia inferior es de 50 millas náuticas -muy lejos de las 12 millas que acreditan el carné náutico del PER-.

Para obtener el PER se exige a los patrones la superación de una serie de prácticas y pruebas. Adicionalmente, a fin de incrementar las atribuciones, se pueden realizar otras prácticas que autorizan para navegar en condiciones como navegación a vela o el citado cruce entre la península y las Baleares. Las prácticas y pruebas del PER son:

Desde Academia Náutica Marinos ofrecemos un plan formativo que incluye la realización de todas las prácticas y pruebas, comenzando por un completo curso del PER en Sevilla, Huelva y Córdoba, con el que rozamos el 100% de aprobados. Adicionalmente contamos con simuladores para las prácticas de radio del PER y varias embarcaciones en las que hacer las prácticas de navegación y vela en Sevilla y Huelva.

De entre los títulos náuticos el PER es el carné más aconsejado por sus atribuciones. Basta señalar que es el único título que permite realizar la navegación costera y que con las prácticas de travesía del PER aumenta la eslora hasta 24 metros, lo que supone navegar con todo tipo de embarcaciones de recreo.

Cursos PER en Huelva

El carné del PER es obligatorio para continuar con la carrera náutica que sigue con los carnés náuticos de:

  • Patrón de yate: embarcaciones de hasta 24 metros y 150 millas náuticas de costa
  • Capitán de yate: embarcaciones de recreo sin límite de eslora y sin límite de navegación.

¿Quieres aprender a navegar y obtener uno de los carnés náuticos para navegar en España? Llámanos al 685 559 569 y te informaremos de todo. Somos la academia náutica y escuela de navegación de Huelva, Sevilla y Córdoba. También puedes utilizar el formulario de contacto o escribir a info@marinos.es.

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