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Contrato de compraventa de motos náuticas o de agua

El contrato de compraventa de motos náuticas o de agua es el documento principal en una transferencia de propiedad de este tipo de vehículos. Es el documento legal y oficial que acredita que la embarcación tiene un nuevo propietario. Pero además supone otra serie de consideraciones legales que te explicamos desde el servicio de asesoramiento de Gestoría Náutica Marinos.

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Contrato de compraventa de motos náuticas o de agua

Cómo rellenar el contrato de compraventa

Ten en cuenta que el contrato de compra de una moto de agua entre particulares es un documento con validez legal. Esto supone, entre otros aspectos, que no puede tener tachaduras ni correcciones. La letra debe ser legible y no dar lugar a equívoco.

En el contrato deben aparecer las tres entidades que se citan: comprador, vendedor y moto náutica.

Comprador y vendedor

En el caso de los datos de comprador y vendedor, es suficiente con rellenar los datos de nombre, apellidos y DNI. No obstante, desde Marinos, te recomendamos que figuren todos los datos personales y de contacto. De este modo, es más sencillo identificar y localizar a las partes intervinientes.

Por supuesto, el contrato se debe acompañar de la copia de los DNI de comprador y vendedor. No es necesario que la copia esté compulsada. Es suficiente con una fotocopia. Eso sí, debe estar en vigor. Si alguno de los DNI está caducado, no se podrá realizar la transferencia de propiedad.

multas nautica

Moto náutica

Por supuesto, el objeto del contrato es el cambio de propiedad de la moto de agua o moto náutica. Por tanto, en el contrato de compraventa de la moto náutica o moto de agua deben aparecer los datos de la moto de forma inequívoca. Es muy importante que se haga constar la matrícula o señal indicativa de amura y el número de bastidor o número de serie.

Anexo al contrato, se debe aportar la tarjeta original de la moto. Este documento, hay que aportarlo a la hora de realizar el modelo de impuestos de transmisiones patrimoniales y la transferencia de propiedad de la moto.

Qué hacer después de firmar el contrato de compraventa de la moto náutica o de agua

Una vez que se ha formalizado la compraventa, hay que legalizar el proceso. Se trata de pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales y de solicitar la anotación de la transferencia de propiedad en Capitanía. Pero ten en cuenta que no sirve cualquier Capitanía Marítima.

La normativa sobre abanderamiento y registro de buques establece que son las sedes principales de las capitanías, y no los distritos, los responsables del registro de las motos de agua. A lo que se suma, que la anotación de la transferencia de propiedad de la moto náutica solo puede realizarse en la Capitanía de matrícula.

moto de agua

La firma del contrato de compraventa de motos de agua implica que el vendedor acredita que no pesan cargas ni embargos sobre la embarcación. No obstante, esta cuestión solo se puede comprobar en Capitanía. Dado que las motos de agua no tienen Hoja de asiento.  Y por parte del comprador, que este conoce el estado de la moto. Por lo que no cabe ninguna garantía por parte de quien vende ni la posibilidad de rescindir el contrato con la devolución de la moto.

No obstante, si quieres que te han estafado con la compraventa de tu moto náutica, disponemos de un servicio de asesoramiento por abogado marítimo. Además de nuestro servicio de asesoramiento y representación para transferir la moto de agua en Capitanía y hacer efectivo el contrato de compraventa.

Necesitas más información: info@marinos.es