Por si aún tienes dudas, te lo dejamos claro: ¡deja de navegar con ICP de Holanda! Y aunque es cierto que no vas a encontrar ninguna ley ni decreto que lo prohíba explícitamente, cada día tenemos más noticias de que está escrito tácitamente. Así se desprende tanto de las notas de prensa que nos llegan desde Holanda, como con una resolución de la Marina Mercante que rula por los grupos de WhatsApp y por las denuncias que se están poniendo a quienes muestran la bandera de Holanda en aguas españolas.
Denuncias por navegar con ICP de Holanda
Hace poco un cliente nos envío la denuncia que le habían puesto por parte del Servicio marítimo de la Guardia Civil, cuando navegaba por la costa levantina. El texto del documento que reflejaba la denuncia del agente era muy escueto: “Navegar encontrándose inscrito en ICP holandés”. Nada más.
Con esta escueta frase, el agente de la Benemérita, alertó de manera más que notable al patrón del barco sobre la inconveniencia de navegar con ICP de Holanda. Y dejó la pelota en el tejado del inspector responsable del departamento de Expedientes sancionadores. Quien deberá determinar qué normativa se infringe en este caso y qué infracción corresponde al armador del barco que llevaba la bandera de Holanda en el mástil.
Con esta acción, parece que se pone punto y final al acuerdo no escrito que nos habían comunicado desde las Capitanías marítimas. Pues a las consultas trasladas tanto a los agentes del Servicio marítimo, como a algunas Capitanías con las que se ha podido hablar -bien directamente o por medio de asociaciones náuticas- la respuesta había sido diferente. Al indicarse que se iba a respectar la navegación con ICP de Holanda mientras este estuviera en vigor.
Así que si: dejar de navegar con ICP de Holanda. Y busca una alternativa de matriculación.
Alternativas al ICP holandés
Matriculación en España
La bandera española es la primera opción que nos podemos plantear a la hora de registrar un barco. Es un registro seguro, con carácter oficial y válido en todos los países (salvo conflicto diplomático). De hecho, desde la Dirección general de la Marina Mercante se han establecido protocolos para matricular a los barcos de recreo en España de la forma más ágil posible. Teniéndose en cuenta dos escenarios básicos: si el barco tiene marcado CE o si carece de él.
Por supuesto, la matriculación de un barco con marcado CE -esto es: Declaración de conformidad europea- es bastante ágil. Puesto que el documento acredita las características técnicas de la embarcación. Si bien, el modelo de la declaración cambió en 2011, por lo que se puede pedir alguna prueba o informe naval adicional.
Situación diferente tienen los barcos que carecen del marcado CE, bien porque sean anteriores a la norma (1998) o porque procedan de países ajenos a la Unión. En este caso, las características técnicas se pueden declarar mediante un Certificado de navegabilidad anterior o con un informe realizado por un ingeniero naval. En cualquier caso, es cuestión de estudiar la documentación y valorar el itinerario.
Matriculación en Polonia
Y si quieres una alternativa, en estos momentos está en auge la matriculación en Polonia. Dado que el abanderamiento polaco es muy ágil (de momento) en su tramitación y la documentación a presentar es menor que en caso español. Siendo igualmente válida la bandera polaca para navegar por todo el mundo. Si bien, hay que recordar que la normativa española aplica similares equipos de seguridad y navegación a todos los barcos independientemente de su bandera. Salvo que esta sea el ICP de Holanda, con el que ya no se puede navegar en aguas jurídicas españolas.