La Junta de Andalucía archiva la Orden de pesca recreativa tras la anulación judicial del Decreto 205/2023

La regulación de la pesca marítima recreativa en Andalucía ha dado un giro inesperado. Después de varios años de tramitación, consultas públicas y debate entre pescadores, la Junta de Andalucía ha archivado el procedimiento de elaboración de la Orden que debía desarrollar el Decreto 205/2023, de 29 de agosto, por el que se regulaba la pesca marítima recreativa en las aguas interiores andaluzas.

La razón es contundente: el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el propio Decreto 205/2023, dejando sin fundamento jurídico la Orden que pretendía desarrollarlo. Si bien, la Junta de Andalucía aún puede recurrir la sentencia.

¿Qué significa esto para los pescadores recreativos? ¿Qué ocurre con las medidas que estaban previstas? Lo analizamos a continuación.

El Decreto 205/2023 y las novedades pendientes

Cuando se aprobó el Decreto 205/2023, la Junta anunció una profunda reforma de la pesca marítima recreativa en aguas interiores andaluzas.

Sin embargo, muchas de sus disposiciones más relevantes quedaron pendientes de una Orden de desarrollo posterior.

Entre otras cuestiones, esa futura Orden debía concretar:

  • El nuevo Registro de Licencias de Pesca Marítima Recreativa.
  • Los procedimientos de declaración de capturas.
  • La regulación de determinadas embarcaciones dedicadas al charter de pesca.
  • La adaptación a nuevas obligaciones de control y seguimiento de la actividad pesquera recreativa.
  • Diversos procedimientos administrativos relacionados con las licencias.

Por este motivo, aunque el Decreto estaba en vigor, una parte importante de su contenido nunca llegó a desplegar todos sus efectos prácticos.

La Orden de desarrollo llegó a tramitarse

La Junta de Andalucía inició formalmente el procedimiento para elaborar la Orden el 6 de febrero de 2024.

Posteriormente, durante 2025, el expediente avanzó hasta fases muy avanzadas de tramitación, incluyendo información pública y audiencia a los interesados.

Incluso en marzo de 2025 la Dirección General de Pesca acordó retrotraer actuaciones para adaptar el proyecto a una nueva normativa europea: el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/274 de la Comisión, relativo al control de la pesca recreativa.

Todo parecía indicar que la Orden acabaría aprobándose.

Pero entonces llegó la sentencia del TSJA.

El TSJA anula el Decreto 205/2023

El 2 de diciembre de 2025, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó la Sentencia nº 4191/2025.

La resolución estima el recurso interpuesto por la Asociación Pesca Responsable Al Andalus y acuerda la anulación del Decreto 205/2023.

Según la sentencia, durante la elaboración del Decreto se produjeron diversas deficiencias procedimentales que afectan a la validez de la norma.

Entre los aspectos destacados por el tribunal figuran:

  • La ausencia de una Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN).
  • La incorporación tardía de documentación relevante después del trámite de audiencia pública.
  • Deficiencias en la evaluación del impacto económico y de competencia.
  • La omisión de determinados informes y órganos consultivos.
  • La falta de nueva audiencia pública tras modificaciones sustanciales del texto.

El tribunal concluye que estos defectos son suficientemente graves como para declarar la nulidad del Decreto.

La Junta archiva la Orden de desarrollo

Tras conocerse la sentencia, la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul dictó una resolución fechada el 26 de marzo de 2026 por la que acuerda:

La propia resolución explica que la anulación judicial del Decreto 205/2023 provoca la desaparición de la norma que servía de base jurídica para la Orden.

En consecuencia, la Administración considera imposible continuar con la tramitación de una disposición cuyo fundamento normativo ha desaparecido.

¿Qué ocurre ahora con la pesca recreativa en Andalucía?

La respuesta no es sencilla.

La situación actual dependerá de varios factores jurídicos, especialmente de si la sentencia del TSJA ha adquirido firmeza o si ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo.

Hasta la fecha de publicación de este artículo, no hemos podido confirmar públicamente si la Junta de Andalucía ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia.

Por tanto, conviene actuar con prudencia.

Lo que sí puede afirmarse es que:

  • La Orden de desarrollo ha sido archivada.
  • Las medidas que dependían de esa Orden no van a entrar en vigor mediante ese procedimiento.
  • El futuro de la regulación contenida en el Decreto 205/2023 dependerá de la evolución del procedimiento judicial y de las decisiones que adopte la Junta de Andalucía.

¿Afecta esto a las licencias de pesca recreativa?

Por el momento, los pescadores deben seguir atendiendo a la normativa vigente y a los procedimientos que continúen operativos a través de la Administración andaluza.

La anulación de un decreto no implica automáticamente que desaparezcan todas las obligaciones relacionadas con la pesca recreativa, ya que pueden seguir existiendo normas anteriores o disposiciones de rango superior que continúen siendo aplicables.

Por ello, resulta especialmente importante consultar siempre la información oficial antes de realizar trámites o interpretar cambios normativos.

Una situación inédita en la pesca recreativa andaluza

La anulación judicial de un reglamento tan relevante como el Decreto 205/2023 constituye uno de los acontecimientos más importantes de los últimos años en la regulación de la pesca recreativa andaluza.

Además, la decisión posterior de la Junta de archivar la Orden de desarrollo confirma que la Administración ha asumido, al menos de momento, que no puede continuar desarrollando una norma que ha sido anulada por los tribunales.

Habrá que seguir atentos a la evolución del procedimiento judicial y a las posibles iniciativas normativas que la Junta pueda impulsar en el futuro para sustituir o reformular la regulación de la pesca recreativa en Andalucía.

Preguntas frecuentes

¿Ha sido anulado el Decreto andaluz de pesca recreativa?

Sí. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó la Sentencia nº 4191/2025, de 2 de diciembre de 2025, estimando el recurso presentado contra el Decreto 205/2023 y declarando su nulidad.

¿La sentencia es firme?

No hemos podido confirmar si la Junta de Andalucía ha interpuesto recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Por tanto, conviene consultar la situación procesal actualizada.

¿Se ha aprobado la Orden de desarrollo del Decreto 205/2023?

No. La Junta de Andalucía ha acordado desistir de su tramitación y archivar el expediente.

¿Entrarán en vigor las nuevas obligaciones sobre declaración de capturas?

Las medidas previstas en el proyecto de Orden archivado no llegarán a entrar en vigor a través de ese procedimiento administrativo.

¿Afecta esto a las licencias de pesca recreativa actuales?

Los pescadores deben seguir utilizando los procedimientos y licencias vigentes en cada momento, atendiendo siempre a la información oficial publicada por la Junta de Andalucía.

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