Licencia de pesca marítima en Andalucía en 2026: clases y cuál necesitas

Si quieres practicar la pesca marítima recreativa en Andalucía, necesitas disponer de la licencia correspondiente a la modalidad de pesca que vayas a realizar.

Tras los cambios normativos producidos en los últimos años, actualmente la Junta de Andalucía vuelve a recoger cuatro clases de licencia de pesca marítima recreativa: clases 1, 2, 3 y 4.

Cada una corresponde a una forma diferente de practicar la pesca: desde tierra, desde una embarcación, mediante una licencia colectiva para embarcación o practicando pesca submarina.

En esta guía explicamos qué licencia de pesca necesitas en Andalucía en 2026 y la vigencia de cada una.

¿Qué licencias de pesca marítima existen en Andalucía?

La regulación actualmente aplicable distingue cuatro clases de licencia:

Clase 1: pesca marítima recreativa desde tierra.

Clase 2: pesca marítima recreativa desde embarcación.

Clase 3: licencia colectiva para pesca marítima recreativa desde embarcación.

Clase 4: pesca marítima recreativa submarina.

La diferencia es importante porque la licencia debe corresponderse con la modalidad de pesca que se vaya a practicar.

Licencia Clase 1: pesca desde tierra

La licencia de pesca marítima de Clase 1 es la destinada a quienes practican la pesca desde tierra.

Es la licencia habitual para pescar desde:

✔ Playas.

✔ Orillas y zonas de costa.

✔ Espigones y otros tramos del litoral en los que esté autorizada la pesca.

Su periodo ordinario de vigencia es de tres años, contados desde la fecha de expedición o renovación.

Puedes solicitar online la licencia de pesca marítima desde tierra de Andalucía a través de Marinos.es.

Licencia de pesca en el Mar – Andalucía

Rango de precios: desde 16.00€ hasta 25.00€

Tramitamos la Licencia de pesca en el mar de la Junta de Andalucía.

Clases:
Tierra (playa y otros tramos de litoral)

Embarcación

Submarina (apnea)

Licencia Clase 2: pesca desde embarcación

Si vas a practicar la pesca recreativa desde un barco, necesitas la licencia de Clase 2.

Esta licencia es personal, por lo que corresponde al pescador y no sustituye a otras autorizaciones que pueda necesitar la embarcación o que sean exigibles para determinadas especies o modalidades de pesca.

Su vigencia ordinaria es igualmente de tres años.

En Marinos.es puedes tramitar online la licencia de pesca marítima desde embarcación de Andalucía.

Licencia Clase 3: licencia colectiva desde embarcación

La Clase 3 es diferente de la anterior porque se trata de una licencia colectiva.

Autoriza la práctica de la pesca marítima recreativa desde una embarcación para un determinado número de personas, sin que pueda superarse la capacidad máxima autorizada de la embarcación.

Su periodo de vigencia es de un año.

Esta modalidad resulta especialmente relevante para determinadas embarcaciones en las que la actividad pesquera se realiza de forma colectiva.

Licencia Clase 4: pesca submarina

Para practicar pesca submarina recreativa en Andalucía se necesita la licencia de Clase 4.

Esta modalidad presenta requisitos específicos y no debe confundirse con la pesca desde tierra o desde embarcación.

La licencia de Clase 4 tiene una vigencia ordinaria de un año.

Si practicas esta modalidad, puedes consultar y solicitar en Marinos.es la licencia de pesca submarina de Andalucía.

¿Cuánto dura la licencia de pesca marítima de Andalucía?

La duración depende de la clase de licencia:

Clase 1 – pesca desde tierra: 3 años.

Clase 2 – pesca desde embarcación: 3 años.

Clase 3 – colectiva desde embarcación: 1 año.

Clase 4 – pesca submarina: 1 año.

El Decreto 361/2003 establece además que las licencias obtenidas por personas mayores de 65 años tienen vigencia indefinida.

¿Por qué se vuelve a hablar de las licencias Clase 1, 2, 3 y 4?

En 2023 se aprobó en Andalucía una nueva regulación de la pesca marítima recreativa mediante el Decreto 205/2023, de 29 de agosto.

Sin embargo, este Decreto fue posteriormente anulado judicialmente, circunstancia que ha provocado que vuelva a resultar aplicable el sistema anterior de licencias establecido por el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre.

La propia Junta de Andalucía refleja actualmente en su información administrativa las cuatro modalidades tradicionales de licencia: clases 1, 2, 3 y 4.

Por tanto, a la hora de solicitar una licencia de pesca marítima en Andalucía es importante comprobar qué clase corresponde realmente a la actividad que se pretende realizar.

¿Qué licencia necesito para pescar en Andalucía?

La elección es relativamente sencilla:

Voy a pescar desde playa, costa u orilla: Clase 1.

Voy a pescar desde una embarcación: Clase 2.

Necesito una licencia colectiva para una embarcación: Clase 3.

Voy a practicar pesca submarina: Clase 4.

Debe tenerse en cuenta que estas son licencias de pesca marítima. No sirven para practicar pesca continental en ríos, embalses, pantanos o lagos, para los que se requiere la correspondiente licencia de pesca continental.

¿Cuánto cuesta la licencia de pesca de Andalucía?

El importe depende del tipo de licencia y puede variar como consecuencia de la actualización de las tasas administrativas.

Por este motivo, en esta guía no indicamos un precio fijo.

Puedes consultar el precio actualizado y las modalidades que tramitamos en Marinos.es directamente en nuestra tienda online.

Tramitar la licencia de pesca marítima de Andalucía online

En Marinos.es gestionamos la tramitación de diferentes licencias de pesca marítima de Andalucía, evitando que tengas que realizar personalmente el procedimiento administrativo.

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Solicita tu licencia de pesca marítima de Andalucía y elige la modalidad que corresponda a tu forma de pescar.

Normativa y fuentes oficiales

La clasificación de las licencias en cuatro clases se encuentra recogida en el Decreto 361/2003, de 22 de diciembre, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas interiores de Andalucía.

La Junta de Andalucía también publica en su sede electrónica la información actualizada del procedimiento de Pesca Marítima de Recreo en Aguas Interiores: Licencia, donde aparecen nuevamente las clases 1, 2, 3 y 4 y sus respectivos periodos de vigencia.

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