Pesca de la lampuga en 2026: fechas, límites y licencia necesaria

La lampuga, también conocida como dorado, llampuga o mahi-mahi, es una de las especies más esperadas por muchos pescadores recreativos del Mediterráneo durante la segunda mitad del año.

En 2026, la pesca recreativa de lampuga en el Mediterráneo está sometida a un periodo concreto y a un límite diario de capturas establecido por la normativa europea.

Aunque no se trata de una novedad publicada estos días, sí es un asunto de actualidad para los pescadores, porque el periodo autorizado comienza el 15 de agosto de 2026.

Cuándo se puede pescar lampuga en 2026

Según el Reglamento (UE) 2026/266 del Consejo, de 26 de enero de 2026, la pesca recreativa de lampuga en el Mediterráneo está permitida durante el siguiente periodo:

Del 15 de agosto al 31 de diciembre de 2026.

Fuera de ese periodo, la pesca recreativa de lampuga en el Mediterráneo no está permitida conforme a esta regulación anual.

Cuántas lampugas se pueden pescar al día

La normativa europea establece para la pesca recreativa de lampuga en el Mediterráneo un límite diario de:

  • 10 kg por persona y día; o
  • 5 ejemplares por persona y día.

Esto significa que el pescador recreativo debe respetar el límite que resulte aplicable en función de las capturas realizadas. No debe interpretarse como una autorización ilimitada hasta alcanzar ambos valores.

Como regla de prudencia, conviene detener la captura cuando se alcance cualquiera de esos límites.

Dónde se aplica esta regulación

La regulación afecta a la pesca recreativa de lampuga en el mar Mediterráneo.

En España, esto resulta especialmente relevante para pescadores de:

  • Baleares
  • Comunidad Valenciana
  • Región de Murcia
  • Cataluña
  • Litoral mediterráneo andaluz

Además de la norma europea, el pescador debe comprobar siempre la normativa autonómica aplicable en la zona donde vaya a practicar la actividad.

¿Hace falta licencia para pescar lampuga?

Sí. Para practicar pesca marítima recreativa es necesario disponer de la correspondiente licencia de pesca marítima recreativa.

La licencia la expide la comunidad autónoma competente y debe corresponder a la modalidad de pesca practicada: desde tierra, desde embarcación o submarina, según el caso.

Por tanto, antes de salir a pescar lampuga, el pescador debe comprobar:

  • que tiene una licencia de pesca marítima recreativa en vigor;
  • que la licencia cubre la modalidad que va a practicar;
  • que conoce el periodo autorizado;
  • que respeta el límite diario de capturas;
  • que no existen restricciones adicionales en la zona concreta de pesca.

Licencia de pesca desde barco (Andalucía)

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Pesca desde embarcación

La lampuga es una especie muy buscada desde embarcación, especialmente mediante curricán u otras modalidades de pesca recreativa de superficie.

Si se pesca desde embarcación, además de la licencia personal o colectiva que corresponda, la embarcación debe encontrarse correctamente documentada y cumplir las condiciones de seguridad exigibles para la navegación.

También conviene revisar si la zona se encuentra dentro de una reserva marina, espacio protegido, zona portuaria o área con limitaciones específicas.

Pesca desde tierra

En algunas zonas del Mediterráneo también puede practicarse la pesca recreativa desde costa. En ese caso, el pescador deberá contar con licencia válida para la pesca marítima desde tierra y respetar las restricciones de la comunidad autónoma, municipio, puerto o espacio protegido donde se encuentre.

No todas las zonas costeras permiten pescar libremente. Puede haber limitaciones por seguridad, protección ambiental, playas, puertos, reservas o normativa local.

¿Hay que declarar las capturas en PescaREC?

PescaREC es la aplicación oficial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para determinadas solicitudes, comunicaciones y declaraciones relacionadas con la pesca marítima recreativa.

No todas las capturas ordinarias de pesca recreativa deben declararse siempre en PescaREC, pero sí existen obligaciones de declaración para determinadas especies, autorizaciones o supuestos regulados.

Antes de pescar lampuga, conviene revisar si en la zona o modalidad concreta existe alguna obligación adicional de comunicación o declaración. Esta comprobación es especialmente importante cuando la actividad se desarrolla desde embarcación o dentro de campañas, concursos o zonas sometidas a control específico.

Talla mínima de la lampuga

Además del periodo y el límite diario, debe tenerse en cuenta que la normativa europea ha fijado una talla mínima de referencia para la conservación de la lampuga de 35 cm de longitud total.

Esto significa que no deben retenerse ejemplares por debajo de esa talla mínima. Si se captura un ejemplar inferior, debe devolverse al mar en las condiciones que correspondan.

Consejos antes de salir a pescar lampuga

Antes de iniciar la actividad, es recomendable revisar los siguientes puntos:

  • Licencia de pesca marítima recreativa en vigor.
  • Modalidad autorizada por la licencia.
  • Periodo autorizado: del 15 de agosto al 31 de diciembre de 2026.
  • Límite diario: 10 kg o 5 ejemplares por persona y día.
  • Talla mínima: 35 cm de longitud total.
  • Normativa autonómica aplicable.
  • Restricciones en reservas marinas o espacios protegidos.
  • Documentación y seguridad de la embarcación, si se pesca desde barco.
  • Posibles obligaciones de declaración mediante PescaREC.

Licencias de pesca marítima con Marinos.es

En Marinos.es tramitamos licencias de pesca marítima recreativa para distintas comunidades autónomas. Si quieres pescar lampuga u otras especies marinas, el primer paso es contar con una licencia válida.

Puedes consultar nuestras licencias de pesca marítima:

También es recomendable revisar la normativa concreta de la comunidad autónoma donde vayas a pescar, especialmente si la actividad se realiza en aguas interiores, zonas protegidas o reservas marinas.

Fuentes oficiales

Conclusión

La pesca recreativa de lampuga en el Mediterráneo en 2026 está permitida del 15 de agosto al 31 de diciembre, con un límite diario de 10 kg o 5 ejemplares por persona y día.

Además, el pescador debe disponer de licencia de pesca marítima recreativa, respetar la talla mínima, revisar la normativa autonómica y comprobar si existen restricciones adicionales en la zona donde vaya a pescar.

Antes de salir, es recomendable consultar fuentes oficiales y asegurarse de que la licencia y la documentación están en vigor.

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