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Diferencias entre la licencia de pesca marítima y licencia de pesca continental

Si te gusta la pesca, probablemente ya sabrás que existen dos tipos de autorizaciones: la licencia de pesca marítima y la licencia de pesca continental. Aunque las dos son licencias expedidas por la administración competente (comunidades autónomas), el modo de obtenerlas y la autorización que conceden difieren bastante. Desde Gestoría Náutica MARINOS podemos gestionar la expedición de la licencia de pesca marítima y aprovechamos la ocasión para determinar sus diferencias.

Licencia de pesca marítima vs continental

Ambas licencias, la de pesca marítima y la de pesca continental, tienen dos diferencias básicas. Por un lado se diferencian en el lugar de la pesca, y de otro lado de por la forma de obtenerla. Obviamente, también son diferentes las especies que se pueden capturar en una otra.

licencia de pesca marítima

Pesca marítima

Las licencias de pesca marítimas o pesca de aguas exteriores, está regula por el Real Decreto 347/2011, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. La competencia administrativa corresponde a las comunidades autónomas con litoral, para la pesca de playa y pesca en embarcación. Pero además, el Ministerio de Agricultura y Pesca también expide una autorización, anexa a la licencia de pesca desde embarcación, para controlar la pesca de especies de interés comercial.

Podemos identificar tres tipos de licencia de pesca marítima, en función de la zona.

  • Licencia de pesca de litoral: incluye la pesca desde espigones, acantilados, playas y zonas de costa que no sean playas. En Andalucía se denomina, Licencia de pesca de Clase 1.
  • Licencia de pesca para embarcación: destinada a la pesca deportiva desde barcos y embarcaciones de recreo. Por supuesto, está excluida la pesca profesional. En Andalucía se corresponde con la Clase 2 de licencias de pesca.licencia para pescar desde barco en Andalucía
  • Autorización para pesca de aguas exteriores: hay otra licencia o autorización que la emite el ministerio y está destinada a embarcaciones que realizan pesca de altura. Y especialmente, a la pesca de atún, pez espada, merlín y otras grandes especies.

Cualquier licencia de pesca marítima de recreo que precises, de las anteriores, las podemos gestionar en MARINOS y hacértela llegar de forma fácil y cómoda.

Clase 1
15
Playa
Comprar
Clase 2
20
Barco
Comprar
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30
Playa + Barco
Comprar

Las licencias o carné de pesca para costa y aguas marítimas tienen un validez de 3 años. No tienen examen. Y tan solo es necesario ser mayor de 14 años para obtenerlo.

Pesca continental

La pesca continental es la que se realiza en aguas continentales. Es decir, en aguas que no están unidas de forma directa al mar. Aquí podemos identificar lagos, pantanos, embalses… Pero también los ríos que no son salobres.

Para obtener la licencia de pesca continental hay que realizar un examen. Varias comunidades autónomas tiene un convenio, por el que un único carné de pesca sirve para varias autonomías. No obstante, Marinos.es no gestiona las licencias de pesca de aguas continentales.

En el caso de la pesca continental es extremadamente importante estar concienciado con la contaminación por especies invasoras. Lo que hace que sea necesario un mínimo nivel de formación para los pescadores. Especialmente para los que utilizan cualquier tipo de embarcación.

Obtener y renovar la licencia de pesca

¿Son válidas las licencias de pesca para toda España?

En el caso de las licencias continentales, sí hay un acuerdo de varias comunidades. Así se permite pescar con un carné emitido por otra comunidad. 

En el caso de la licencia de pesca marítima, o carné de pesca de aguas exteriores, también es válida la autorización de pesca de altura. Porque la emite el Ministerio. Sin embargo, para obtenerla hay que tener la licencia de pesca desde embarcación. El decreto establece que hay que tener una licencia expedida por una comunidad autónoma. Pero no dice que tenga que ser de la autonomía donde se está pescando. No obstante, remite a la normativa autonómica.

Sin tener mayor base legal, sí podemos decir que hay autonomías que permiten la pesca con licencias de otras comunidades. A fin de cuentas, suele ser la Guardia Civil la que vela por la tenencia de la licencia, y no las policías autonómicas.

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