La pesca recreativa de atún rojo despierta cada año un enorme interés entre los aficionados a la pesca desde embarcación. Sin embargo, se trata de una actividad sometida a una regulación especialmente estricta debido a las medidas de conservación y control aplicables a esta especie.
En 2026 se han introducido cambios importantes en la forma de solicitar autorizaciones y comunicar capturas. La aplicación móvil PescaREC se ha convertido en la vía obligatoria para realizar buena parte de estos trámites.
En este artículo explicamos cuándo puede practicarse la pesca recreativa de atún rojo en 2026, qué documentación debe llevarse a bordo y qué debe hacerse cuando se captura o muere accidentalmente un ejemplar.
¿Se puede pescar atún rojo recreativamente en 2026?
En este momento, no.
Aunque la Resolución de 28 de mayo de 2026 establecía inicialmente que la modalidad de captura y suelta podía practicarse desde el 16 de junio hasta el 14 de octubre de 2026, o hasta el agotamiento de la cuota asignada, la campaña fue cerrada anticipadamente.
Primero, la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura acordó el cierre precautorio desde las 00:00 horas del 20 de junio de 2026, al encontrarse próxima a agotarse la cuota de 44,11 toneladas reservada para la pesca deportiva y recreativa desde embarcaciones de las listas sexta y séptima.
Posteriormente, mediante resolución firmada el 23 de junio de 2026, se confirmó el cierre definitivo de la pesquería recreativa de atún rojo a partir de las 23:59 horas del 24 de junio de 2026.
Desde ese momento quedan prohibidas:
- La pesca deportiva y recreativa dirigida al atún rojo.
- La captura y suelta de ejemplares.
- La tenencia a bordo.
- El desembarque de atún rojo.
Por tanto, disponer de licencia de pesca y de autorización específica en PescaREC no permite continuar pescando atún rojo una vez decretado el cierre de la campaña.
Periodo autorizado para la captura y suelta
Durante la campaña de 2026, la captura y suelta recreativa de atún rojo puede practicarse:
Desde el 16 de junio hasta el 14 de octubre de 2026.
No obstante, la campaña puede cerrarse antes si se consume o está próxima a consumirse la cuota reservada para cubrir las muertes accidentales producidas durante la pesca recreativa.
Fuera del periodo autorizado no se permite dirigir la actividad al atún rojo, ni siquiera para practicar captura y suelta. Los cierres anticipados deben comunicarse oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y pueden consultarse también desde PescaREC.
¿Es necesaria una autorización para pescar atún rojo?
Sí. La licencia autonómica de pesca recreativa no es suficiente.
Para practicar la captura y suelta de atún rojo desde una embarcación se necesita una autorización específica expedida por la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura.
La autorización debe solicitarse a través de la aplicación móvil PescaREC por el titular de la embarcación o por una persona que actúe debidamente en su representación. Para registrarse y tramitarla es necesario disponer previamente de una licencia de pesca marítima recreativa expedida por una comunidad autónoma costera o por las ciudades de Ceuta o Melilla.
Documentación que debe llevarse a bordo
Cuando se vaya a practicar la pesca recreativa de atún rojo deben encontrarse a bordo, al menos:
- La licencia autonómica de pesca marítima recreativa desde embarcación.
- La autorización específica para la captura y suelta de atún rojo.
- La documentación de la embarcación.
- La titulación náutica necesaria para su gobierno, cuando resulte exigible.
- La documentación y los certificados correspondientes a los equipos obligatorios de seguridad y radiocomunicaciones.
La autorización para el atún rojo no sustituye a la licencia autonómica ni a la documentación marítima de la embarcación.
PescaREC es obligatoria desde marzo de 2026
Desde el 20 de marzo de 2026, PescaREC es la vía obligatoria para solicitar las autorizaciones específicas relacionadas con especies sometidas a medidas de protección diferenciada.
Entre estas especies se encuentra el atún rojo.
La aplicación también se utiliza para realizar declaraciones de captura y suelta, preavisos de llegada a puerto y otras comunicaciones relacionadas con la pesca marítima recreativa.
¿Hay que declarar los atunes que se liberan?
Sí.
Las capturas de atún rojo deben declararse mediante PescaREC aunque el ejemplar haya sido liberado con vida.
La declaración debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la actividad. Si durante un mismo día se realizan varias salidas o actividades no continuadas, deben declararse por separado.
La comunicación incluye información como:
- Inicio y finalización de la actividad.
- Especie capturada.
- Número de ejemplares.
- Peso o talla, cuando proceda.
- Zona de captura.
- Arte o modalidad empleada.
- Identificación de la embarcación.
- Indicación de si el ejemplar fue liberado o retenido.
La obligación de declarar afecta tanto a los ejemplares retenidos legalmente como a los liberados.
¿Qué ocurre si el atún muere accidentalmente?
La finalidad de esta modalidad es devolver vivos al mar todos los atunes capturados. No obstante, la normativa contempla la posibilidad de que un ejemplar muera accidentalmente durante la captura y suelta.
En ese supuesto, durante la campaña de 2026 se permite:
- Un máximo de un ejemplar por embarcación y día de pesca.
- Un máximo de dos ejemplares por embarcación durante toda la temporada.
El ejemplar debe desembarcarse entero y no puede comercializarse. Además, deben cumplirse las obligaciones de preaviso y declaración establecidas por el Ministerio.
Preaviso de llegada a puerto
Cuando no haya podido evitarse la muerte de un atún rojo, antes de llegar a puerto debe realizarse un preaviso mediante PescaREC.
El preaviso debe efectuarse antes de la entrada en puerto utilizando la funcionalidad correspondiente de la aplicación.
Además del preaviso, debe presentarse la declaración de captura dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la actividad. Ambas comunicaciones son obligatorias.
¿Se puede vender el atún rojo capturado?
No.
La comercialización de las capturas procedentes de la pesca recreativa está prohibida. Esta prohibición se aplica también a los ejemplares de atún rojo que hayan muerto accidentalmente y cuyo desembarque esté permitido.
La pesca marítima recreativa es una actividad no comercial y sus capturas no pueden venderse ni destinarse a una transacción económica.
Embarcaciones con bandera extranjera
Las embarcaciones con pabellón extranjero pueden obtener autorización para practicar captura y suelta, pero no pueden retener ni desembarcar atún rojo en ninguna circunstancia.
Esta prohibición se aplica incluso cuando el ejemplar haya muerto accidentalmente durante la actividad.
Diferencia entre licencia autonómica y autorización estatal
Es importante no confundir ambos documentos.
La licencia autonómica de pesca marítima recreativa habilita para practicar la actividad dentro de las condiciones establecidas por la comunidad autónoma correspondiente.
La autorización específica estatal es necesaria para dirigir la actividad a especies sometidas a medidas de protección diferenciada, como el atún rojo.
Por tanto, para pescar atún rojo desde una embarcación es necesario disponer de los dos documentos:
- Licencia autonómica de pesca recreativa desde embarcación.
- Autorización específica de atún rojo tramitada mediante PescaREC.
Posibles infracciones y sanciones
Practicar la pesca recreativa de atún rojo sin autorización, no declarar las capturas, retener ejemplares fuera de los supuestos permitidos o comercializar las capturas puede dar lugar a la apertura de un procedimiento sancionador.
Las infracciones cometidas en aguas exteriores se sancionan de acuerdo con la legislación estatal de pesca marítima. Además, pueden intervenir otras administraciones cuando los hechos afecten a aguas interiores, licencias autonómicas, seguridad marítima o documentación de la embarcación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pescar atún rojo únicamente con mi licencia autonómica?
No. Para dirigir la actividad al atún rojo desde una embarcación también es necesaria la autorización específica tramitada mediante PescaREC.
¿Tengo que declarar un atún que he liberado vivo?
Sí. Las capturas y sueltas de atún rojo deben declararse mediante PescaREC dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la actividad.
¿Puedo llevarme un atún rojo capturado durante una salida recreativa?
La pesca recreativa se autoriza únicamente en captura y suelta. Solo puede desembarcarse un ejemplar cuando su muerte haya sido accidental y se cumplan los límites, el preaviso y la declaración establecidos para la campaña.
¿Puedo vender un atún que haya muerto accidentalmente?
No. La comercialización de capturas procedentes de la pesca recreativa está prohibida.
¿Puedo pescar atún rojo fuera del periodo de campaña si lo libero?
No. Fuera del periodo autorizado no se permite practicar pesca dirigida al atún rojo, ni siquiera en la modalidad de captura y suelta.
¿La autorización se obtiene en la comunidad autónoma?
No. La licencia de pesca es autonómica, pero la autorización específica de atún rojo corresponde a la Administración General del Estado y se solicita mediante PescaREC.
Licencias de pesca recreativa con Marinos.es
Para solicitar una autorización específica de atún rojo mediante PescaREC es necesario disponer previamente de una licencia de pesca marítima recreativa válida.
En Marinos.es tramitamos licencias de pesca marítima recreativa y ofrecemos asesoramiento sobre la documentación necesaria para pescar desde tierra o desde embarcación.
Antes de iniciar la actividad conviene comprobar:
- Que la licencia autonómica está en vigor.
- Que la embarcación dispone de la correspondiente licencia de pesca.
- Que se ha obtenido la autorización específica mediante PescaREC.
- Que la campaña permanece abierta.
- Que se conocen las obligaciones de declaración y preaviso.
La regulación puede modificarse durante la campaña si se produce un cierre anticipado o se publican instrucciones más restrictivas. Por ello, siempre debe consultarse la información oficial antes de cada salida.
Este artículo es meramente informativo. Su contenido no es vinculante. Instamos a los usuarios que consulten la normativa en vigor en fuentes oficiales.







