Equipamiento obligatorio para navegar en Zona 6: qué debes llevar a bordo

La navegación en embarcaciones de recreo exige cumplir con una serie de requisitos de seguridad establecidos por la normativa española. Uno de los aspectos más importantes es conocer qué material de seguridad debe llevar cada barco según la zona de navegación autorizada.

En este artículo de Marinos.es repasamos el equipamiento obligatorio para la Zona de navegación 6, una de las más habituales en pequeñas embarcaciones de recreo, neumáticas y semirrígidas destinadas a navegación costera cercana.

Además, este tipo de contenidos resulta especialmente útil para quienes están preparando el examen del PER online o la Licencia de Navegación, ya que las preguntas relacionadas con seguridad y zonas de navegación son frecuentes en los exámenes oficiales.


¿Qué es la Zona de navegación 6?

La Zona 6 comprende la navegación en la cual la embarcación no puede alejarse más de 2 millas de un abrigo o playa accesible. Es una zona muy habitual para pequeñas embarcaciones de recreo utilizadas para pesca recreativa, paseos costeros o actividades de verano.

A continuación, detallamos el material obligatorio exigido por la normativa.


Zona de navegación 6 (que comprende la navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible), el equipo de seguridad obligatorio

Equipamiento obligatorio en Zona 6

Para la Zona de navegación 6 (que comprende la navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible), el equipo de seguridad obligatorio es el siguiente:

1. Equipos de Salvamento

  • Chalecos salvavidas: Se requiere un chaleco por cada persona a bordo.
    • Deben tener una flotabilidad mínima de 100 N.
    • Se deben proveer chalecos específicos para niños y bebés según su peso y tamaño.
    • En navegaciones exclusivamente diurnas, se puede prescindir de la luz para el chaleco.
  • Señales de socorro: Es obligatorio contar con 3 bengalas de mano. No se requieren cohetes con luz roja ni señales fumígenas en esta zona.

2. Equipos de Navegación

  • Luces y marcas: Deben cumplir con el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes (COLREG 1972).
    • Si la eslora es menor de 7 metros y solo navega de día, basta con una linterna eléctrica de luz blanca.
  • Señales acústicas: Una bocina de niebla (manual o de gas a presión). Si la eslora supera los 20 metros, también es obligatoria una campana.
  • Material náutico:
    • Pabellón nacional.
    • Linterna estanca (con bombilla y pilas de repuesto).
    • Reflector de radar (obligatorio si el casco no es metálico).
    • Espejo de señales (heliógrafo): (Mencionado en la tabla como elemento general).
    • Nota: El compás, las cartas náuticas, las publicaciones y los prismáticos solo son obligatorios en esta zona para embarcaciones de categoría de diseño A o B que tengan un espacio habitable cerrado.

3. Medios de Achique y Contra Incendios

  • Achique: Se requiere una bomba manual o eléctrica y un balde de al menos 5 litros.
    • En veleros, la bomba debe ser manual, fija y operable desde la bañera.
    • La capacidad de la bomba varía según la eslora (desde 10 l/min para ≤ 6m hasta 30 l/min para ≥ 12m).
  • Extintores portátiles: La cantidad y tipo dependen de la eslora y la potencia del motor, no de la zona. Por ejemplo, para esloras menores de 10m con espacio habitable, se requiere al menos uno de tipo 34B.

4. Material Diverso y Línea de Fondeo

  • Línea de fondeo: La longitud no debe ser inferior a cinco veces la eslora de la embarcación. El peso del ancla y el diámetro de la cadena/estacha dependen de la eslora.
  • Estachas de amarre: Al menos dos, con longitud y resistencia adecuadas.
  • Bichero.
  • Medios de emergencia para el gobierno: En veleros o motores con gobierno a distancia (salvo fuerabordas o transmisiones en Z).
  • Inflador y kit de reparación: Solo para embarcaciones neumáticas o semirrígidas.

Importante: En la Zona 6 no es obligatorio llevar balsa salvavidas, aro salvavidas, ni botiquín de primeros auxilios (estos son exigidos a partir de la Zona 4 o superiores).


La importancia de revisar el material de seguridad

Uno de los errores más frecuentes entre los navegantes recreativos es pensar que el material de seguridad “caduca solo en inspección”. En realidad, muchos elementos tienen fecha de caducidad obligatoria, especialmente las bengalas, extintores y chalecos automáticos.

Antes de salir a navegar conviene comprobar:

  • Estado y caducidad de las bengalas.
  • Funcionamiento de luces y linternas.
  • Presión y revisión de extintores.
  • Estado del fondeo y estachas.
  • Correcta talla de los chalecos infantiles.

Una inspección o control marítimo puede derivar en sanciones si falta parte del material obligatorio.


Descubre qué debe incluir una bolsa de emergencia en un barco de recreo, cómo prepararla y por qué es fundamental para la seguridad en la navegación y el PER.

Un contenido muy habitual en los exámenes del PER

Las zonas de navegación y el material obligatorio forman parte del temario oficial de titulaciones náuticas como el PER y el PNB. Muchos alumnos confunden qué elementos son obligatorios en cada zona, especialmente entre Zona 4, 5 y 6.

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FAQ – Preguntas frecuentes sobre la Zona 6

¿Es obligatorio llevar balsa salvavidas en Zona 6?

No. La balsa salvavidas es obligatoria en zonas de navegación superiores, pero no en Zona 6.

¿Cuántas bengalas son obligatorias?

En Zona 6 deben llevarse obligatoriamente 3 bengalas de mano.

¿Puedo navegar de noche en Zona 6?

Sí, siempre que la embarcación disponga de las luces reglamentarias exigidas por el COLREG.

¿Es obligatorio el botiquín?

No en Zona 6. El botiquín comienza a ser obligatorio en zonas superiores.

¿Qué distancia máxima permite la Zona 6?

Hasta 2 millas de un abrigo o playa accesible.

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