Si operas o estás pensando en operar embarcaciones de recreo en alquiler, es fundamental conocer la bandera de chárter en Baleares, un distintivo obligatorio que identifica a los barcos en explotación comercial. Desde la entrada en vigor del Decreto 44/2025 de las Illes Balears, todas las embarcaciones en chárter deben cumplir con este requisito, clave para el control del sector y la lucha contra el alquiler ilegal.
Desde la entrada en vigor del Decreto 44/2025 de las Illes Balears, todas las embarcaciones en explotación comercial deben cumplir con este requisito específico, pensado para reforzar el control del sector y combatir el chárter ilegal.
¿Qué dice la normativa sobre el distintivo de chárter?
El Decreto 44/2025, que regula el alquiler de embarcaciones de recreo en Baleares, establece claramente esta obligación. Puedes consultar el texto oficial en el BOIB aquí: Decreto 44/2025 en el BOIB.
- Artículo 9.b: obliga a que la embarcación enarbole una bandera visible durante toda la vigencia de la actividad.
- Anexo I: detalla cómo debe ser ese distintivo.
Esto significa que el distintivo no es opcional, sino un requisito legal obligatorio.
¿Cuál es el distintivo obligatorio en Baleares?
El distintivo consiste en:
- Una bandera del Código Internacional de Señales (ICS)
- Tipo gallardete numérico (0–9)
- Colocada en un lugar visible de la embarcación
No se trata de una bandera específica de “charter”, sino de un sistema estandarizado internacionalmente adaptado a la normativa balear.
Cómo saber qué bandera debes llevar
El número de la bandera depende del año:
Debe coincidir con el último dígito del año de la declaración responsable.
- Chárter autorizado en 2025 → bandera “5”
- Chárter autorizado en 2026 → bandera “6”
Este sistema permite a las autoridades identificar rápidamente embarcaciones autorizadas.

¿Dónde colocar la bandera de chárter?
La normativa exige que sea claramente visible, por lo que se recomienda:
- En mástil o estructura elevada
- En una posición visible desde otras embarcaciones o desde puerto
Una mala colocación podría considerarse incumplimiento.
¿A qué embarcaciones afecta?
Esta obligación aplica a:
- Embarcaciones de recreo en lista 6ª
- Actividad de alquiler o chárter en Baleares
- Tanto con patrón como sin patrón
¿Por qué es obligatorio este distintivo?
El objetivo de la normativa es claro:
- Combatir el chárter ilegal en Baleares
- Facilitar la inspección marítima
- Aumentar la transparencia del sector náutico
Errores frecuentes que debes evitar
- No es obligatorio → es un requisito legal
- Usar una bandera incorrecta → debe coincidir con el año
- No colocarla en lugar visible
- Confundirla con la bandera del país (pabellón)
Conclusión
El distintivo de chárter en Baleares es una obligación legal clara y vigente.
Todas las embarcaciones de alquiler deben llevar una bandera numérica del Código Internacional de Señales, visible y correspondiente al año de autorización.
Cumplir con este requisito no solo evita sanciones, sino que también contribuye a un sector más profesional y regulado.

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