El Gobierno de Polonia continúa tramitando el proyecto de ley UD305, destinado a modificar el sistema de registro de yates y otras embarcaciones de hasta 24 metros y determinadas disposiciones sobre seguridad marítima.
El proyecto ya ha sido remitido al Sejm, el Parlamento polaco, por lo que ha avanzado respecto a las primeras fases de su tramitación. No obstante, sigue siendo un proyecto de ley y actualmente no ha entrado en vigor. El sistema de registro REJA24 continúa funcionando conforme a la normativa vigente.
La reforma resulta especialmente relevante para los numerosos propietarios extranjeros que han optado por abanderar sus embarcaciones en Polonia.
¿Cuándo entrarían en vigor los cambios?
La redacción actual del proyecto establece que las principales modificaciones entrarían en vigor 12 meses después de la publicación de la ley, en caso de que finalmente sea aprobada.
Por tanto, incluso después de una eventual aprobación, no se produciría un cambio inmediato en el sistema de matriculación.
Además, para las embarcaciones que ya estuvieran registradas se establece un régimen transitorio adicional.
Inspección inicial para determinadas embarcaciones
Uno de los cambios más importantes es la creación de una inspección inicial obligatoria —przegląd wstępny— para determinadas embarcaciones.
La obligación afecta fundamentalmente a embarcaciones que no están sujetas obligatoriamente a registro en Polonia pero que solicitan voluntariamente su inscripción y la obtención de la nacionalidad polaca. En la práctica, esta situación incluye a buena parte de los propietarios extranjeros que utilizan el registro polaco.
La inspección deberá ser realizada por una organización reconocida y autorizada por la Administración marítima polaca.
Su finalidad será comprobar:
- que los datos y documentación presentados coinciden con la embarcación;
- el estado general y su aptitud para la navegación declarada;
- y determinados elementos de identificación y características técnicas.
Cuando la embarcación disponga de Declaración de Conformidad CE, el proyecto permite que la inspección pueda realizarse mediante medios electrónicos, siempre que así lo determine la organización encargada de efectuarla.
El propio Gobierno polaco ha aclarado durante la tramitación que no se pretende establecer una inspección técnica periódica general, sino esta inspección inicial para los supuestos contemplados en la ley.
Los barcos ya registrados también podrían tener que pasar inspección
La reforma no afecta únicamente a las nuevas matriculaciones.
Los documentos de registro expedidos antes de la entrada en vigor de la futura ley conservarían inicialmente su validez. Sin embargo, los propietarios deberán confirmar posteriormente los datos de su embarcación dentro de los plazos transitorios establecidos.
Cuando se trate de una embarcación que no constituya propiedad polaca, el proyecto establece además la obligación de realizar la nueva inspección inicial y presentar el resultado junto con la solicitud de confirmación del registro.
Plazos para los barcos ya registrados
El plazo dependerá de la fecha en la que la embarcación fue inscrita originalmente en REJA24.
Desde la entrada en vigor de la futura ley, los propietarios dispondrían de:
- 3 meses, para embarcaciones registradas hasta el 31 de diciembre de 2021.
- 6 meses, para las registradas entre el 1 de enero de 2022 y el 28 de febrero de 2023.
- 9 meses, para las registradas entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2023.
- 12 meses, para las registradas entre el 1 de septiembre de 2023 y el 29 de febrero de 2024.
- 15 meses, para las registradas entre el 1 de marzo y el 31 de agosto de 2024.
- 18 meses, para las registradas entre el 1 de septiembre de 2024 y el 28 de febrero de 2025.
- 21 meses, para las registradas entre el 1 de marzo de 2025 y el 28 de febrero de 2026.
- 24 meses, para el resto de embarcaciones registradas antes de la entrada en vigor de la ley.
El propio proyecto señala que, hasta que finalicen estos plazos, las embarcaciones podrán continuar siendo utilizadas normalmente.
Confirmación del registro cada cinco años
Otro cambio relevante es que el documento de registro dejaría de funcionar en la práctica como una inscripción indefinida sin necesidad de actuaciones posteriores.
El propietario deberá solicitar periódicamente la confirmación de la validez del documento registral, con carácter general cada cinco años, declarando que los datos inscritos continúan siendo correctos o solicitando su modificación cuando sea necesario.
No se trata de una inspección técnica cada cinco años, sino de una obligación de actualización y confirmación registral.
¿Qué ocurre si el propietario no actualiza el registro?
El proyecto contempla consecuencias importantes para quienes no cumplan los nuevos plazos.
Dependiendo de la situación de la embarcación, la Administración podría suspender la validez del documento de registro y, posteriormente, cancelar la inscripción.
Durante el periodo en que el documento esté suspendido, no estaría permitido navegar ni utilizar la embarcación en el agua.
Mayor control sobre el registro polaco
El objetivo declarado de la reforma es reforzar la capacidad de Polonia para ejercer las funciones propias del Estado de bandera y mejorar la fiabilidad de los datos existentes en REJA24.
La dimensión del fenómeno explica en parte esta decisión. Según la documentación oficial, a finales de 2025 había 100.902 embarcaciones registradas, y aproximadamente el 40 % pertenecían a propietarios con residencia o sede fuera de Polonia.
La reforma también incluye otras medidas, como una mayor identificación de los propietarios y armadores, nuevos mecanismos de control documental, la posibilidad de asignar números de identificación individuales a determinadas embarcaciones y la imposibilidad de navegar simplemente con el justificante de haber presentado la solicitud de registro.
¿Qué deben hacer ahora los propietarios?
Por el momento, nada cambia.
El proyecto UD305 todavía debe completar su tramitación parlamentaria y podría sufrir modificaciones antes de su aprobación definitiva.
Las embarcaciones actualmente registradas en Polonia mantienen sus documentos y pueden continuar navegando conforme a la normativa vigente.
Incluso si el proyecto se aprobara con su redacción actual, las principales modificaciones no comenzarían a aplicarse hasta 12 meses después de su publicación, y los barcos ya registrados dispondrían posteriormente de los respectivos plazos transitorios para adaptarse.
En Marinos.es seguiremos la tramitación del proyecto UD305 y actualizaremos esta información cuando se produzcan novedades relevantes o se publique, en su caso, el texto definitivo de la nueva ley.






