Barcos con bandera polaca: qué plantea el nuevo proyecto para volver a España

El proyecto de Real Decreto que aprobaría el Reglamento de los Registros Marítimos Españoles entra en fase de audiencia pública. Para quienes ya tienen un barco con bandera polaca y se plantean cambiar al pabellón español, el borrador contiene varios puntos relevantes.

Todavía no es una norma vigente. Su contenido puede modificarse antes de la aprobación definitiva. Puedes consultar la información sobre la audiencia pública del proyecto.

¿Será más fácil pasar de bandera polaca a española?

El borrador contempla una posibilidad interesante para embarcaciones procedentes de un Estado del Espacio Económico Europeo, como Polonia: no aportar nuevamente la declaración UE de conformidad, siempre que se cumplan dos condiciones.

La primera es acreditar que una autoridad competente de ese ámbito ya comprobó la declaración, mediante prueba de la anterior inscripción o de su comercialización legal. La segunda es que no se hayan realizado reformas que afecten a los requisitos esenciales, circunstancia que deberá acreditarse mediante declaración responsable.

Esto no significa que cualquier tarjeta de registro polaca sustituya automáticamente a la declaración de conformidad. Será necesario acreditar esa comprobación previa y aportar documentación suficiente sobre las características técnicas del barco.

Por eso conviene conservar la declaración de conformidad CE de la embarcación, aunque el barco esté registrado en otro país.

¿Qué ocurre con los barcos antiguos sin marcado CE?

Este es uno de los aspectos que más puede interesar a quienes eligieron la bandera polaca por las dificultades para documentar su embarcación en España.

El proyecto contempla el abanderamiento de barcos legalmente comercializados o puestos en servicio en el Espacio Económico Europeo antes de la exigencia del marcado CE, especialmente los comercializados antes del 16 de junio de 1998.

Como regla general, exigiría un proyecto firmado por un técnico competente que acredite el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad. Prevé excepciones para determinados barcos con documentación histórica vinculada a la Dirección General de la Marina Mercante, y exige un informe favorable del reconocimiento inicial.

Por tanto, haber navegado con bandera polaca no eliminaría por sí solo los requisitos técnicos para volver a España. La antigüedad, el historial y los documentos conservados seguirían siendo decisivos.

La baja en Polonia y la documentación seguirán importando

Para barcos previamente registrados en el extranjero, el borrador exige acreditar la baja en el país de procedencia mediante un certificado legalizado, apostillado o verificable por sistemas electrónicos oficiales.

También mantiene la necesidad de justificar la propiedad, la situación respecto al impuesto especial sobre determinados medios de transporte y los requisitos técnicos aplicables. El cambio de bandera no debe interpretarse como una eliminación de las obligaciones fiscales o de las inspecciones que correspondan.

Nuestra guía sobre cómo matricular en España un barco con bandera de Polonia explica el procedimiento actual, que debe distinguirse de las propuestas de este borrador.

¿Y si el barco ya tiene bandera española?

El proyecto prevé sustituir la documentación de navegación por un Certificado de Registro y Navegación electrónico, con información registral y sobre inspecciones. Para embarcaciones que ya dispongan del Certificado de Registro Español–Permiso de Navegación, el cambio se produciría con ocasión de su primera renovación.

Además, las embarcaciones acogidas al régimen especial de inscripción del artículo 8 del Real Decreto 1435/2010 dispondrían de dos años para obtener el nuevo certificado.

Si estás pensando en regresar al pabellón español, lo útil ahora es revisar la documentación de tu barco. En Marinos.es podemos estudiar su historial y las opciones disponibles conforme a la normativa vigente, mientras seguimos la evolución del proyecto.