Los barcos y embarcaciones de recreo procedentes de un país extranjero que previamente han estado registrados en ese país deben deben someterse al procedimiento administrativo de importación que da lugar a la matriculación de barcos en el Registro marítimo español.
Requisitos
Para matricular un barco en España procedente de pabellón extranjero, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que el barco sea mayor de 2,5 metros de eslora.
- Que el barco esté en buen estado de conservación y funcionamiento.
- Que el barco cumpla con la normativa española de seguridad marítima.
- Que el barco tenga la documentación correspondiente, como el título de propiedad, el certificado de inspección de buques y el certificado de baja del registro de pabellón de procedencia.
Procedimiento de matriculación de barcos
El procedimiento para matricular un barco en España procedente de pabellón extranjero es el siguiente:
- El propietario del barco debe presentar una solicitud de matriculación en la Capitanía Marítima del puerto donde se vaya a matricular el barco.
- La Capitanía Marítima realizará una inspección del barco para comprobar que cumple con los requisitos establecidos.
- Si el barco cumple con los requisitos, la Capitanía Marítima expedirá la matrícula española.
Documentación
La documentación que se debe presentar para la matriculación de barcos en España procedente de pabellón extranjero es la siguiente:
- Solicitud de matriculación.
- Título de propiedad del barco.
- Certificado de inspección de buques.
- Certificado de baja del registro de pabellón de procedencia.
- Documentación que acredite la importación del barco (factura, contrato de compraventa, etc.).
- Documentación que acredite la identidad del propietario del barco (DNI, NIE, etc.).
¿Es necesario que un barco tenga la Declaración de conformidad europea para su matriculación en España?
Sí, es necesario que un barco tenga la Declaración de conformidad europea para su matriculación en España. La Declaración de conformidad europea es un documento que acredita que el barco cumple con los requisitos de seguridad establecidos por la Unión Europea.
La Declaración de conformidad europea es emitida por el fabricante o importador del barco. En el caso de barcos importados de un país de la Unión Europea, el fabricante o importador del barco debe presentar una copia de la Declaración de conformidad europea al organismo competente en España para la matriculación de barcos.
En el caso de barcos importados de un país que no sea miembro de la Unión Europea, el barco debe ser sometido a una inspección por parte de un organismo autorizado para comprobar que cumple con los requisitos de seguridad establecidos por la Unión Europea. Si el barco cumple con los requisitos, el organismo autorizado emitirá un certificado de conformidad europea.
Por lo tanto, para matricular un barco en España, es necesario que el barco tenga la Declaración de conformidad europea o, en su caso, el certificado de conformidad europea. El Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques establece un procedimiento alternativo para barcos que carezcan del documento.
En la práctica, la Declaración de conformidad europea es obligatoria para la matriculación de todos los barcos de recreo de más de 2,5 metros de eslora, independientemente de su origen.
Plazos
El plazo para matricular un barco en España procedente de pabellón extranjero es de 6 meses desde la fecha de importación.
Costes de matriculación de barcos
Los costes de matricular un barco en España procedente de pabellón extranjero son los siguientes:
- Tasas de matriculación: 100 euros (aproximadamente)
- Tasa de inspección de buques: 100 euros (aprox.)
- Impuesto de matriculación: 12 % del valor del barco.
- Impuesto de transmisiones patrimoniales, depende de la comunidad autónoma.
- Tasas portuarias
Matrícula
La matrícula de un barco en España es una combinación de letras y números que identifica al barco y al puerto de matriculación. La matrícula está compuesta por los siguientes elementos:
- Dos letras que indican la provincia marítima de matriculación.
- Un número que indica el distrito marítimo de matriculación.
- Un número ordinal que indica el orden de matriculación del barco en el distrito marítimo.
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