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Contrato compraventa de embarcaciones y barcos de ocasión

El contrato de compraventa de embarcaciones es el documento legal que determina la transferencia de propiedad. Tras la celebración del contrato, corresponde la anotación del hecho en los registros marítimos que correspondan. Gestoría Náutica Marinos te ofrece un modelo de contrato válido para barcos de cualquier bandera y para presentarlo en Capitanía.

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Este modelo de contrato cumple con los requisitos legales en vigor en España, de acuerdo al Real Decreto 1/2007 y la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios. La autoría del contrato corresponde a la Asociación nacional de empresas náuticas y la Asociación de navegantes de recreo. Y cuenta con el aval del equipo jurídico de Gestoría náutica Marinos.

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Compraventa de embarcaciones entre profesionales y particulares

En cualquier modelo de contrato de compraventa de un bien existen una serie de elementos que deben aparecer y cuyos datos identifican a los contratistas, al bien objeto de la venta y la forma de expresar el compromiso adquirido por sendas partes.

En el modelo de contrato de compraventa de embarcación de recreo usada entre profesionales y particulares, y para que sean de objeto de apreciación los derechos y garantías del usuario, deben existir la figura del comprador y el vendedor. El vendedor debe estar dado de alta en el régimen correspondiente del IAE y ejercer como empresa (puede ser empresa unipersonal). De esta forma quedan protegidos las garantías inherentes al documento de venta.

Este contrato, por tanto, no protege al comprador en caso de que el vendedor sea un particular, dado que no es de aplicación el RD 1/2007 y la Ley de defensa de los consumidores exime de responder con garantías sobre el bien vendido.

Contrato de compraventa de embarcaciones

Cómo rellenar el contrato

Cuando rellene el modelo de contrato facilitado para la compraventa de barcos sea especialmente escrupuloso al rellenar los datos. La información reflejada debe ser relevante y fiable.

Escriba en el documentos con letras mayúsculas y lo más claro posible. Recuerde que el contrato puede ser objeto de fotocopias posteriores en los trámites de cambio de titular, matriculación, inscripción y pago de los correspondientes impuestos devengados de la venta. Por lo que es importante que la copia original sea lo más clara posible.

Haga sólo dos copias del contrato. Cada una de las cuales se deben entregar al comprador y vendedor respectivamente.

Es preferible que las copias se realicen en papel timbrado de la clase 8ª, indicando en el documento contractual el número de serie de cada uno de los folios que constituyen al contrato (en sus dos copias originales).

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Cláusulas y condiciones de la venta

El enlace facilitado más arriba muestra un modelo de contrato de compraventa de embarcaciones estandarizado, con cláusulas y condiciones que se consideran comunes en toda venta.

A petición de cualquiera de las partes firmantes del documento y que intervienen en la operación, se pueden añadir o suprimir las cláusulas que se consideren oportunas. En ese caso es recomendable acudir a una gestoría náutica para formalizar los cambios y emitir el documento en un modelo que cumpla con las exigencias legales.

Por último, ambas partes deben formalizar el contrato con sendas firmas que deben aparecer en las dos copias.

Documentos adjuntos al contrato

Si la embarcación objeto de la compra es usada será preciso realizar un cambio de titular en el registro de buques de la Capitanía marítima correspondiente al puerto base del barco. Para agilizar este proceso es recomendable que se asegure que junto con la entrega del barco y la copia formalizada del contrato, se adjunten los documentos originales que sirven para identificar e inscribir la embarcación, ya sean documentos del fabricante o de la Administración. Además de copia del DNI del vendedor, que debe ser identificado ante la Dirección general de la Marina mercante y el departamento de Hacienda correspondiente.

Gestoría náutica ante Capitanía Marítima

Los trámites de compraventa de embarcaciones de recreo pueden llegar a ser muy tediosos, siendo preciso acudir a la Administración fiscal y la Autoridad marítima para completar el proceso de venta y formalizarla.

Podemos gestionar la compraventa de embarcaciones de recreo y motos náuticas en todas las Capitanías marítimas de España. Además de Bélgica y Polonia. Y también nos ocupamos la elaboración y presentación del Impuesto de transmisiones patrimoniales en Andalucía, Madrid, Comunidad Valenciana y Cataluña.

Cuenta con los servicios de Gestoría náutica Marinos en la compraventa de tu embarcación de recreo. Asesoramos y realizamos los trámites de inscripción y tutelamos en la compraventa de barcos. Infórmate sin compromiso.

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