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Próximos cambios en el material de seguridad en la náutica

El material de seguridad de que están dotadas las embarcaciones de recreo cambiará próximamente. Así lo ha anunciado recientemente (marzo 2020) el renovado ministro de Transporte -José Luís Ábalos-. La necesaria modificación legislativa pretende adecuar el material de seguridad en barcos de recreo a las nuevas realidades y tecnologías. Además, de equiparar la dotación a todas las embarcaciones, independientemente de su pabellón.

material de seguridad

Equiparación del material de seguridad

Tanto los barcos con matrícula española, como los barcos con bandera extranjera estarán sujetos en el futuro a una norma común sobre equipos de seguridad, salvamento y contra incendios. La norma, actualmente es un proyecto de orden ministerial, afectará a:

  • Embarcaciones de recreo matriculadas o inscritas en España
  • Embarcaciones de uso comercial, sin distinción de su pabellón, que naveguen en aguas españolas
  • Embarcaciones con bandera extranjera de su particular, cuando naveguen en aguas de España

Prácticas de navegación a vela PNB, PER, Patrón Capitán yate Academia náutica MARINOS

Zonas de navegación

En aplicación de la normativa sobre equipos de seguridad y de navegación, se establecen siete zonas de navegación, considerando la distancia desde costa o puerto:

  1. Navegación ilimitada
  2. Hasta 60 millas de costa
  3. Hasta 25 millas de costa
  4. Hasta 12 millas de costa
  5. Hasta 5 millas de abrigo o playa accesible
  6. Hasta 2 millas de abrigo o playa accesible
  7. Aguas protegidas

Las zonas 5 y 6 se cuentan desde un abrigo o playa accesible, no desde puerto.

Equipos de salvamento, seguridad y contra incendios

Los equipos de salvamento que deberán llevar las embarcaciones de recreo dependerán de su zona de navegación.

Para todos los barcos, independientemente de la zona, se exige:

  • Chalecos salvavidas para 100% de personas a bordo (para niños y bebés deberá ser adecuado a su talla)
  • Luces de navegación (los barcos menores a 7 metros quedan exentos, pudiendo mostrar una linterna de luz blanca)
  • Bocina de niebla (a gas)
  • Línea de fondeo
  • Material náutico: pabellón, linterna estanca, reflector de radar, tabla de señales y tabla de banderas
  • Material auxiliar: caña de respeto, estachas, bichero
  • En navegación a más de 5 millas: compás náutico, compás de puntas, transportador de ángulos, regla, prismáticos, cartas náuticas, derrotero, libro de faros, anuario de mareas
  • Bombas de achique: manuales y/o mecánicas según la zona

Balsa salvavidas: la revisión pasa a ser la que indique el fabricante, no pudiendo ser por periodos mayores a 3 años.

Pirotecnia: la novedad es que se suprime el bote de humo, salvo para la zona 1. Y en la zona 4 se reduce el material a la mitad.

Extintores: aumentan el tipo, y se incrementa el número a partir de 220 KW

  • Con cabina cerrada y menor de 10 metros: 1 tipo 34 B
  • Entre 10 y 15 metros: 1 tipo 34 B
  • Entre 15 y 20 metros: 2 tipo 34 B
  • Entre 20 y 24: 3 tipo 34 B

Además de estos elementos, en virtud de la zona de navegación, los barcos deberán llevar equipos adicionales, así como de prevención de la contaminación por aguas sucias.

Zona 1

Navegación ilimitada

  • Un chaleco salvavidas adicional
  • Balsa salvavidas para la totalidad de las personas + paquete SOLAS A
  • Un aro salvavidas con luz y rabiza
  • Un aro salvavidas sin luz ni rabiza
  • 2 botes de humo
  • 6 bengalas con cohete y paracaídas
  • 6 bengalas de mano
  • Sextante, cronómetro, barómetro y diario de navegación
  • Almanaque náutico,  libro de radioseñales, Reglamento de Radiocomunicaciones y el Código Internacional de Señales.
  • Banderas C y N

Zona 2

Hasta 60 millas de costa

  • Balsa salvavidas para la totalidad de las personas + paquete SOLAS B
  • Un aro salvavidas con luz y rabiza
  • 6 bengalas con cohete y paracaídas
  • 6 bengalas de mano
  • Barómetro
  • Banderas C y N
  • Libro de radioseñales

Zona 3

Hasta 25 millas de costa

  • Balsa salvavidas para la totalidad de las personas + paquete SOLAS B
  • Un aro salvavidas con luz y rabiza
  • 6 bengalas con cohete y paracaídas
  • 6 bengalas de mano
  • Barómetro
  • Libro de radioseñales

Zona 4

Hasta 12 millas de costa

  • Un aro salvavidas con luz y rabiza
  • 3 bengalas con cohete y paracaídas
  • 3 bengalas de mano

Zona 5

Hasta 5 millas de abrigo o playa accesible

  • 3 bengalas de mano

Zona 6

Hasta 2 millas de abrigo o playa accesible

  • 3 bengalas de mano

El proyecto normativo establece un régimen sancionador, si bien, no establece un sistema de inspecciones ITB que obligue a los barcos de bandera extranjera. Se entiende que será el Servicio Marítimo de la Guardia Civil quien velerá por el cumplimiento de los preceptos.

En el caso de los barcos con bandera extranjera, que no tiene zona de navegación, pero sí categoría de diseño, no se especifican cómo se va a controlar la zona de navegación, pues si se realiza la inspección en puerto o aguas interiores, tan solo cabría exigir los elementos de esa zona de navegación.

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