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Zona de navegación 4: Equipos de seguridad, radio, contra incendios y salvamento

La Zona de navegación 4 se establece como un área de aguas marítimas que dista hasta 12 millas náuticas siguiendo una línea paralela a la costa, además de las aguas interiores. Su demarcación coincide con las atribuciones del Patrón de embarcaciones de recreo, PER. Los barcos de recreo que tengan autorización para navegar en aguas de la zona 4 deben estar dotados de una serie de equipos de seguridad, contra incendios, radiocomunicaciones y salvamento.

Los equipos de seguridad de que debe estar dotado una embarcación de recreo vienen determinados por el Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. Además de la zona de navegación 4, se detallan la dotación de otras zonas de navegación. Razón que hace que esta norma sea interesante para titulados desde el PNB a Capitán de yate. No obstante, la orden no recoge los equipos de radiocomunicaciones de los que sí nos hacemos eco aquí.

El Real Decreto 339/2021 que regula los equipos de seguridad, navegación y prevención de la contaminación en las embarcaciones de recreo también tiene una importante novedad. Los equipos de seguridad se aplican a todos los barcos que navegan en aguas españolas, independientemente de la bandera o pabellón que enarbolen. Siempre que exista un vínculo a través del propietario del barco.

Salvamento marítimo

Por supuesto, la dotación de equipos de seguridad a bordo de un barco comienza por sus elementos de salvamento.

  • Chalecos salvavidas: uno persona, además de un chaleco adaptado a la talla de los niños que viajen a bordo. Los chalecos salvavidas deben estar homologados y mostrar el distintivo “CE” o “SOLAS”.
  • Aro salvavidas: al menos uno, dotado de rabiza y luz.
  • Balsa salvavidas: en la zona de navegación 4 no es preciso llevar balsa salvavidas (salvo barcos de lista 6ª despachados sin tripulación, como nuestro barco escuela, que también realiza paseos en barco en Sevilla).
Zonas de navegación1234567
Balsas salvavidasXXX



Chalecos salvavidasXXXXXXX
Aros salvavidas2111


Bengalas de mano666333
Cohetes con luz roja y paracaídas6663


Señales fumígenas flotantes211



Formación Básica
Cursos profesionales de Marina Mercante

Pirotecnia

Parte de la dotación de equipos de seguridad consisten en los elementos pirotécnicos que se llevan a bordo. Estos elementos son especialmente peligrosos, por lo que deben ser utilizados con la máxima seguridad y responsabilidad. Es muy importante respetar la fecha de caducidad y entregarlos en una entidad adecuada cuando dejan de ser válidos.

  • Bengalas de mano: 3
  • Cohetes con luz roja y paracaídas: 3
  • Bote fumígena: -exento-

La utilización de estos elementos implica la petición de auxilio, por lo que solo deben ser activados cuando se está en inminente peligro y se tiene constancia de que serán vistos por otros barcos. En concreto, el bote fumígena, se debe activar cuando los equipos de salvamento en helicóptero lo requieran.

bengala de mano zona de navegación 4

Lucha contra incendios

El fuego supone una de las peores emergencias que se pueden dar a bordo de una embarcación. Especial consideración merecen las embarcaciones de fibra de vidrio o poliester. La dotación de equipos de lucha contra incendios depende de la eslora de embarcación y la potencia instalada.

  • Extintor portátil, al menos 1 tipo 34 B, según eslora y potencia.
  • Instalación fija de extinción de incendio (cuando proceda).
  • Detectores de gas (si procede).
  • Balde contra incendios
  • Bomba de achique: automática o manual.
Zonas de navegación1234567
Extintores portátilesxxxxxxx
Sistemas fijos de extinción de incendiosxxxxxxx
Sistemas de detección de gasesxxxxxxx
Sistemas de ventilaciónxxxxxxx
Depósitos de combustiblexxxxxxx
Bomba de achique mecánica111xxx
Bomba de achique manual111xxx
Balde para achique222111x
Extintor contra incendios
Tipos de extintores portátiles

Radiocomunicaciones

Algo en lo que ponemos el énfasis en las prácticas de radio que realizamos en Academia Náutica Marinos es en el correcto uso de los equipos de radio. En la zona de navegación 4 los equipos de radio son sencillos, si bien es preciso saber cómo utilizarlos en las situaciones de emergencia.

  • VHF fijo, no es necesario que tenga Llamada Selectiva Digital.
Canales VHF
Emisora de VHF con Llamada Selectiva Digital

Equipo de navegación y seguridad

Además de los dispositivos de salvamento, radiocomunicaciones, lucha contra incendios y seguridad, en los barcos que navegan en la zona 4 son necesarios algunos elementos de ayuda a la navegación:

  • Luces de navegación, atendiendo a lo dispuesto en el RIPA.
  • Línea de fondeo, compuesta por un ancla y un tramo de cabo, cable o cadena.
  • Compás de gobierno.
  • Prismáticos.
  • Cartas náuticas de la zona de navegación, anuario de mareas, derrotero de la zona y libro de faros.
  • Caña de timón de respeto.
  • Al menos, 2 cabos de amarre.
  • Bichero.
  • Botiquín de primeros auxilios.
Material náutico y diverso1234567
Compás1111


Sextante1





Cronómetro1





Cartas náuticasxxxx


Publicaciones náuticasxxxx


Prismáticos1111


Barómetro11




Pabellón nacional1111111
Juego de banderas11




Linterna estanca1111111
Diario de navegación1





Reflector de radar1111111
Tabla de señales de salvamento1111111
Tabla de banderas de señales1111111
Timón de emergencia1111111
Estachas de amarre2222222
Bichero1111111
Inflador y juego de reparación de pinchazos1111111
Botiquín y Guía sanitaria a bordoxxxxxxx

Tabla resumen

Elemento de seguridadZona 4 (PER)Zona 5 (PNB)
Chaleco salvavidas1 por persona1 por persona
Aro salvavidas1 con rabiza y luz
Balsa salvavidas
Bengalas de mano33
Cohete con paracaídas3
Bote fumígena
Extintor portátil1, según eslora y potencia1, según eslora y potencia
Balde11
Bomba de achique11
Radio1 VHF fijo1 VHF portátil

Consulte la tabla completa de equipos de seguridad con referencia a todas las zonas de navegación:

Características de los barcos en zona de navegación 4

Una embarcación que esté despachada para aguas de la zona de navegación 4 debe tener previamente la categoría de diseño “C”. Estas embarcaciones cumplen una serie de requisitos de estabilidad que vienen determinados por sus características técnicas:

  • Soportar una fuerza de viento de hasta 8 en la escala Beaufort.
  • Navegar con una altura máxima de ola de 2 metros.

Excepciones

Como toda norma, las que determinan los equipos de seguridad a embarcar en la zona de navegación 4, también tiene su excepciones. Quedan exentos de cumplir las prescripciones anteriores las motos de agua y embarcaciones menores como artefactos de playa.

Cambiar el barco a zona de navegación 4 implica llevar a bordo los dispositivos de seguridad necesarios y realizar el trámite administrativo. Gestoría Náutica Marinos te orienta y asesora para hacer el cambio de zona de navegación. Además de ofrecerte cursos de formación profesional y formación en náutica de recreo.

ANAVRE contra el Real Decreto que regula los equipos de seguridad

Los equipos de seguridad que se han de llevar en la zona de navegación 4, así como en el resto de zonas de navegación que competen a España están regulados por el Real Decreto 339/2021. Un documento jurídico que levantó una controvertida polémica desde su fase previa, al omitir e incluir aspectos que los usuarios de la náutica recreativa consideraban esenciales. Siguiendo esta línea de protesta contra la medida del ejecutivo, la Asociación de navegantes de recreo, ANAVRE, interpuso un recurso ante los tribunales que afecta a varios aspectos del decreto.

Recientemente la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo ha convocado a las partes interesadas para que se personen. Como procedimiento previo a las vistas y actos jurídicos que tendrán como consecuencia el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

Puntos polémicos del decreto de equipos de seguridad y navegación

Para ANAVRE hay varias cuestiones que el nuevo documento regulador de los equipos de seguridad y navegación que se deben revisar:

  • Asignación de equipos de seguridad cerrados, obviando las tecnologías que mayoritariamente se utilizan en náutica de recreo.
  • La aplicación de la norma a barcos de bandera extranjera.
  • Imposición de doble homologación para equipos de seguridad de la zona de navegación 4 y el resto de asignaciones.
  • Requisitos de tenencia de equipos o material náutico de difícil cumplimiento en náutica deportiva (cartas, libros…)

Además de otros aspectos que relata la Asociación en su web.

Cabe esperar, que la apertura del proceso recurso jurídico suponga un momento de encuentro y se pueda optimizar el contenido del Real Decreto de equipos de seguridad y navegación. Llegar a un consenso en que se tengan en cuenta los criterios de ambas partes (Administración y usuarios) se hace imprescindible en este y otros asuntos. Y desde Marinos.es apelamos al buen entendimiento y el avance conjunto de todos hacia la náutica del futuro.

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