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PY PRO y CY PRO, habilitaciones náuticas profesionales

¿Cuál es la mejor opción para trabajar como patrón? PY PRO y CY PRO (Patrón de yate o Capitán de yate profesionales), PPER (Patrón profesional de embarcaciones de recreo) o Patrón Portuario. Por poner tres casos de titulaciones náuticas y marítimas que permiten trabajar como patrón profesionalmente de forma legal. Aunque descartemos el resto de títulos profesionales de puente y máquinas, que son igualmente válidos para encarar el futuro laboral en la mar.

El mar como profesión de futuro

Sabías que los puestos laborales relacionados con el entorno marítimo están en el catálogo de puestos de trabajo de difícil cobertura. Y que según la Unión Europea en los próximos años serán necesarios más de 35.000 oficiales para atender la demanda de los buques mercantes. Eso sin considerar la amplia gama de oportunidades laborales que ofrece actualmente la náutica deportiva y los entornos portuarios.

Tanta es la demanda de puestos de trabajo en el ámbito marítimo, que ha sido necesaria una rápida remodelación de la normativa marítima y náutica para dar acceso al mercado laboral a más personas. Así, una persona que no tenga ninguna formación previa, puede acceder a varias vías de formación náutica para incorporarse al mercado laboral marítimo de forma bastante rápida y efectiva. De hecho, podemos identificar tres titulaciones náuticas para desempeñar funciones profesionales:

  • Patrón de yate y Capitán de yate con habilitación profesional,
  • Patrón profesional de embarcaciones de recreo y
  • Patrón portuario

Este trío de títulos nos da ocasión para evaluar las diferentes opciones, al hilo de una pregunta de uno de nuestros alumnos del curso de Patrón de yate. Que nos plantea “PPER vs Patrón Portuario”, ¿Cuál es la mejor opción para trabajar? A lo que sumamos la opción de lo que se conoce ahora como PY PRO y CY PRO. O en otras palabras: Patrón de yate y Capitán de yate profesionales.

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PY PRO y CY PRO

La última incorporación al abanico de opciones que tiene quien quiera trabajar como patrón son las habilitaciones profesionales de Patrón de yate y Capitán de yate. Que puedes encontrar como PY PRO y CY PRO. Que vamos a considerar como una única vía. Porque a efectos profesionales no existe diferencia entre ser Patrón de yate o Capitán de yate. Ya que pueden acceder a las mismas habilitaciones profesionales; independientemente de las atribuciones a nivel particular, que sí son distintas.

Hay que considerar que lo que se conoce como PY PRO y CY PRO no son títulos náuticos en sí; sino habilitaciones que se pueden solicitar en Capitanía marítima cumpliendo una serie de requisitos:

¿Cómo ser PY PRO y CY PRO?

Realmente son pocos requisitos. Tan solo cumpliendo la tenencia en vigor de los dos puntos anteriores se puede pedir la habilitación para trabajar. Teniendo en cuenta que se trata de una habilitación. Es decir, no hay ningún documento en que se diga que soy PY PRO o CY PRO. Si no que hay una resolución de Capitanía Marítima.

La habilitación la concede cada Capitanía marítima. De forma que si se quiere desempeñar la labor en un puerto, hay que acudir a la Capitanía marítima o Distrito marítimo a que corresponda el puerto. Y allí solicitar la habilitación; aportando los títulos. Pero, al no estar claramente regulado (algo que nos han trasladado algunos funcionarios de Capitanías), las diferentes Capitanías pueden variar los criterios, en función de la seguridad de la navegación. Así como el tiempo de la habilitación y limitaciones que se pudieran imponer a la misma. Estas estas características se deberían referir en la resolución de la habilitación para ejercer como PY PRO y CY PRO. Esto no sucede con el PPER ni Patrón Portuario, que son certificados y títulos válidos en toda España. Lo que no exime del Despacho de buques a que están sometidas las embarcaciones profesionales con tripulación.

Por otro lado, el desempeño de la labor profesional como PY PRO / CY PRO supone el alta en la Seguridad Social. Ya sea en el Régimen general o en el Régimen del mar, según corresponda a la actividad. Y que también debería ser exigido por la Administración en el proceso de habilitación. Si bien, no se menciona en el decreto de forma explícita.

PNB PER PY CY 2019

Atribuciones de PY PRO y CY PRO

Las habilitaciones de PY PRO y CY PRO conceden atribuciones que el Real Decreto 875/2014 sobre titulaciones náuticas de recreo, en su modificación de 2019 establece similares para los dos casos y son:

  • Realizar excursiones y salidas de pesca con un máximo de 6 pasajeros (sin contar al patrón) en navegaciones hasta 5 millas de puerto
  • Transporte de suministros con embarcaciones de recreo y moto náutica hasta 5 millas de puerto -dentro de los límites de carga de las embarcaciones- (sin que se reconozca el remolque de embarcaciones)
  • Traslado de barcos de recreo entre puertos (hasta cinco millas de costa)
  • Realizar pruebas de mar de motos náuticas y barcos de recreo (como actividad complementaria a talleres náuticos)
  • Y gobierno de barcos de recreo y motos náuticas destinadas a actividades de socorrismo de playa

De esta forma se legalizan situaciones que no tenían amparo legal, y que precisaban de una regulación normativa para “profesionalizar” a los patrones náuticos. Como por ejemplo los patrones dedicados al socorrismo en playas. Y las labores propias de marineros de puertos y talleres náuticos. De hecho, estas actividades se pueden desempeñar con el título del PER, salvo la de transportar pasajeros, que queda en exclusiva para PY PRO y CY PRO.

Así que, si quieres trabajar en la mar, tienes múltiples opciones, entre ellas: PY PRO y CY PRO. Y desde marinos.es podemos contribuir a que lo consigas, con el curso de Patrón de yate y sus prácticas oficiales. Además del certificado profesional de Formación básica en seguridad. Si necesitas algo más de información, puedes utilizar nuestros medios de contacto, o escribir una consulta y enviar a la nuestra dirección de correo electrónico: info@marinos.es