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PescaREC. La aplicación obligatoria para la pesca marítima de recreo

A partir del 10 de enero de 2026 será obligatorio tener la aplicación PescaREC. La entrada en vigor de normas de aplicación europea afecta a la pesca recreativa y deportiva realizada en el mar.

Comunicado informativo sobre PescaREC

Desde la Subdirección General de Control e Inspección y lucha contra la pesca ilegal se informa que, conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2842 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1224/2009 del Consejo, a partir del 10 de enero de 2026 será obligatorio registrar y notificar las especies capturadas en el ejercicio de la pesca marítima de recreo a través de un sistema electrónico.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 del citado Reglamento, todo pescador que capture cualquiera de las especies recogidas en dicho artículo deberá declarar diariamente las capturas, tanto las retenidas como las devueltas al mar o incluso cuando no haya obtenido ninguna captura en la jornada de pesca.

Nueva apliación PESCAREC para la pesca deportiva y recreativa

Las especies que deberán ser objeto de declaración comprenden las especies sometidas a medidas de protección diferenciada, así como las especies pesqueras para las que la Unión haya fijado posibilidades de pesca, o aquellas que estén incluidas en un plan plurianual o sujetas a la obligación de desembarque, y para las que los dictámenes científicos del Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca (CCTEP), del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) o de un organismo científico equivalente determinen que la pesca recreativa tiene repercusiones importantes en la mortalidad por pesca.

Con el fin de facilitar el cumplimiento de esta nueva obligación, la Secretaría General de Pesca ha desarrollado ese sistema electrónico, que consiste en la aplicación móvil denominada PescaREC, que permitirá a los pescadores registrar y notificar sus capturas de forma sencilla y rápida.

Para poder acceder y utilizar la aplicación PescaREC, el pescador deberá disponer en vigor de una licencia de pesca marítima de recreo emitida por una Comunidad o Ciudad Autónoma.

El uso de esta aplicación móvil PescaREC será obligatorio para la declaración de capturas de especies sometidas a medidas de protección diferenciada, con independencia de las aguas donde se haya realizado la captura. Asimismo, será obligatorio para la declaración del resto de especies indicadas anteriormente cuando la captura se produzca en aguas exteriores. No obstante, para estas últimas especies, cuando la captura se realice en aguas interiores, la Comunidad o Ciudad Autónoma competente podrá autorizar el uso de la aplicación PescaREC para efectuar la correspondiente declaración de capturas, a efectos de usar una única aplicación móvil independientemente del lugar donde se estén pescando.

Descargar la aplicación PescaREC

La aplicación estará disponible para su descarga en las principales plataformas de distribución digital de aplicaciones móviles:

Asimismo, la aplicación PescaREC será la única vía para solicitar la autorización específica para la captura de especies sometidas a medidas de protección diferenciada, conforme a lo establecido en el Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.

Además de la solicitud de la autorización específica y la declaración de capturas, la aplicación móvil PescaREC servirá también para realizar los preavisos de pesca de atún rojo y a su vez contendrá información de gran utilidad para el pescador, como fotografías de las especies, tallas mínimas nacionales, listado de especies prohibidas, comunicaciones sobre posibles cierres de pesquerías y recordatorios de renovación de autorizaciones.

Próximamente se publicará una nueva normativa nacional en la que se recogerán estas nuevas obligaciones y los procedimientos a seguir para su cumplimiento.

Del mismo modo, la Secretaría General de Pesca hará públicas instrucciones detalladas sobre la aplicación de esta normativa, y en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) estará disponible información adicional y actualizada.

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