Quizás te estés preguntando cómo y dónde renovar el título de patrón de barcos de recreo que obtuviste hace tiempo. Pues desde Gestoría Náutica Marinos.es vamos a darte alguna información que puede ser de tu interés y te puede ayudar a realizar el proceso. Si bien, también nos podemos ocupar de la renovación de la tarjeta náutica emitida por algunas comunidades autónomas y por la Dirección General de la Marina Mercante.
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Se renueva la tarjeta, no el título de patrón
Aunque hablamos de renovar el título de patrón de barcos, realmente el título no se renueva. Lo que está sujeto a caducidad y por tanto hay que renovar es la tarjeta. Si bien, el concepto de tarjeta también ha cambiado mucho en las últimas décadas.
Es posible que en su día te dieran un título en cartulina para enmarcar y una tarjeta, tipo tarjeta bancaria o DNI. Pues bien, esa tarjeta ahora no es una tarjeta. Solo conserva el nombre. Hace unos años se emitía en un folio de la RCMT. Pero ahora, con las últimas modificaciones legislativas, la tarjeta náutica es un documento en PDF. Se puede llevar su versión impresa en papel y código de verificación o la versión con firma digital, si se lleva en un dispositivo con lector de firmas.

El modelo de tarjeta que está en vigor a fecha de publicación de este artículo es este que se muestra más arriba. Se trata de un documento digital en formato PDF. A doble cara.
Dónde y cómo renovar la titulación náutica
Lo primero que hay que tener en cuenta a la hora de renovar la titulación de patrón de barcos de recreo y yates es conocer qué administración emitió el título y tarjeta. O dicho de otro modo, dónde realizaste el examen. Porque lo importante es el examen, no dónde se realizaron las prácticas. La administración competente para la renovación de la tarjeta náutica es la propia administración donde se realizó el examen.
En la práctica, las administraciones con competencias en materia de titulaciones náuticas son todas las comunidades autónomas con litoral marítimo y la Dirección General de la Marina Mercante.
No obstante, es posible que si hiciste el examen hace muchos años, en una sede litoral o marítima, fuera la DGMM la unidad competente. Dado que las competencias en materia de titulaciones náuticas las han ido adquiriendo las autonomías en momentos diversos. Así nos podemos encontrar con una persona que se examinó en Almería en los años 90 y la renovación del título de patrón no hay que solicitarlo a la Junta de Andalucía, sino a la Marina Mercante.
Con todo esto, nos quedamos con que la renovación de la tarjeta náutica asociada al título de patrón hay que solicitarlo en la comunidad autónoma que emitió la tarjeta o en la DGMM, si fuera el caso. Si tenemos dudas, en la propia tarjeta aparece la entidad que lo emitió. Y a la que debemos dirigir nuestra solicitud de renovación.
Documentos a aportar en la renovación de la tarjeta de patrón
El procedimiento de renovación está estandarizado. Los documentos que debemos aportar son muy sencillos:
- Tarjeta caducada o próxima a caducidad (hasta 3 meses antes)
- DNI en vigor
- Reconocimiento médico realizado en un centro de conductores y apto para la titulación a renovar (vence a los 3 meses)
Además debe rellenar la solicitud y liquidar la tasa que corresponda. Y presentar toda la documentación mediante el procedimiento que tenga establecida la Administración.

Renovar el título de patrón con habilitación profesional
Hay un caso excepcional de renovación que no se puede hacer en cualquier lugar. La renovación del título de patrón corresponde solicitarlo en la Administración que lo expidió. Salvo en el caso de que vayamos a solicitar la renovación con habilitaciones anexas. Ya sabes, lo que se conoce como Patrón de yate PRO.
Las habilitaciones anejas o profesionales se pueden solicitar con los títulos de Patrón de embarcaciones de recreo o PER, Patrón de yate y Capitán de yate. Teniendo las atribuciones complementarias y habiendo cursado el Certificado de especialidad STCW de Formación básica en Seguridad. En estos casos, la renovación del título de patrón hay que solicitarlo en la Dirección General de la Marina Mercante. No son competentes las unidades autonómicas para renovar o incorporar las habilitaciones anejas.
Sea cuál sea la administración autonómica que emitió el título de patrón, en el caso de las habilitaciones que permite la capacitación profesional, es la Marina Mercante el órgano competente.

Nos ocupamos de la renovación de tu título de patrón
En Gestoría Náuticas Marinos.es podemos ocuparnos de solicitar y renovar el título patrón con habilitaciones anejas en Marina Mercante. Además de la renovación de títulos de patrón de PER, PNB, Patrón de yate y Capitán de yate emitidos por las Capitanías Marítimas, Andalucía y Murcia. Infórmate llamando al 685 559 569, en el correo electrónico info@marinos.es o utilizando el formulario de contacto.














